Pensión por discapacidad permanente: requisitos y cómo registrarse 2025

¿Te has preguntado alguna vez qué sucede cuando una persona con discapacidad permanente necesita apoyo económico y no encuentra información clara? Fue una duda que tuve yo, viendo lo complicado que puede ser entender “¿cumplo yo con los requisitos?” o “¿cómo hago para registrarme?”. Aquí te explico, paso a paso, quiénes pueden recibir la pensión para personas con discapacidad permanente, cómo inscribirse al programa, y todo lo que necesitas saber de forma fácil y práctica. También puedes consultar todos los detalles completos en buscadorestatus.com.

La pensión para personas con discapacidad permanente se otorga a personas con discapacidad acreditada que residan en estados con convenio (0-64 años) o bajo condiciones especiales en otros (0-29 años). Para inscribirse, deben presentar identificación, CURP, acta de nacimiento, certificado médico y comprobante de domicilio en módulo del programa. Más detalles en buscadorestatus.com.

🧑‍🦽 1. ¿Qué es la pensión para personas con discapacidad permanente?

La Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente es un apoyo económico del gobierno federal mexicano que busca asegurar el derecho de las personas con discapacidad permanente a tener mayor autonomía económica y atención social. 
El programa entrega un monto bimestral, depositado directamente a través de la “tarjeta del Banco del Bienestar”, sin intermediarios.
Su meta principal es reducir la marginación, la discriminación y la desigualdad que enfrentan muchas personas con discapacidad.

🔍 2. ¿Quiénes pueden recibir este apoyo? (Beneficiarios)

Edad y cobertura

  • En las 24 entidades federativas que firmaron el convenio de “universalidad” la edad para acceder es de 0 a 64 años, siempre que la persona tenga discapacidad permanente.

  • En los 8 estados que no firmaron el convenio, la cobertura es para personas de 0 a 29 años; y de 30 a 64 años solamente si viven en municipios indígenas, afromexicanos o de alta marginación.

Entidades con cobertura universal

Las entidades mexicanas con convenio para cobertura de 0 a 64 años incluyen: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Ciudad de México, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

Entidades con cobertura limitada

Los ocho estados con reglas especiales son: Aguascalientes, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León y Querétaro. Allí la pensión aplica para 0-29 años; para mayores de 30 se requiere vivir en una región indígena o muy marginada.

Datos relevantes

  • Según la Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2023 el 6.8 % de la población del país reportó tener alguna discapacidad.

  • Sólo 4 de cada 10 personas con discapacidad pertenecen a la población económicamente activa.

📄 3. ¿Cuáles son los requisitos para la inscripción?

Para poder aplicar al programa debes cumplir con varios requisitos básicos, que aseguran que la persona con discapacidad permanente esté debidamente registrada.

Documentos obligatorios

  • Acta de nacimiento en original y copia.

  • Identificación oficial vigente (por ejemplo, la credencial para votar, pasaporte, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores – INAPAM, u otro documento expedido por autoridad).

  • Clave Única de Registro de Población (CURP) en original y copia.

  • Comprobante de domicilio reciente (máximo seis meses) o constancia de residencia de la autoridad local.

  • Certificado o constancia médica que acredite la discapacidad permanente, emitido por una institución pública de salud (federal, estatal o municipal).

Persona auxiliar (en caso de necesitarla)

Si la persona con discapacidad no puede acudir por sí misma al trámite, puede designar a una persona adulta auxiliar (puede ser madre, padre, tutor, cónyuge o una persona responsable) que presente su propia identificación, CURP, domicilio y relación con la persona solicitante.

📝 4. ¿Cómo inscribirse al programa?

El proceso de inscripción se realiza mediante los módulos de atención del programa, y suele anunciarse en convocatorias abiertas. También es útil revisar la página de información oficial o la web buscadorestatus.com para conocer los plazos y actualizaciones.

Pasos generales

  1. Verifica que tu entidad federativa esté dentro del convenio de cobertura o, en caso contrario, que cumplas con los criterios especiales.

  2. Reúne toda la documentación mencionada anteriormente.

  3. Localiza el módulo de atención del Secretaría de Bienestar, ya sea en tu municipio, estado o centro de registro autorizado.

  4. Acude con los documentos originales y las copias, y llena el formulario de registro que te proporcionen.

  5. Si necesitas que otra persona haga el trámite por ti, asegúrate de designarla como persona auxiliar y presenta también los documentos correspondientes.

  6. Espera la aprobación y el depósito del apoyo en la tarjeta del Banco del Bienestar, una vez aceptado tu trámite.

  7. Mantente al tanto de comunicados oficiales y revisa el sitio buscadorestatus.com para seguir el estatus de tu solicitud.

💰 5. ¿Cuánto es el monto del apoyo y cómo se entrega?

  • En el año 2025, el monto para este programa es de $3,200 MXN bimestrales, que equivalen aproximadamente a $19,200 MXN al año si se recibe el apoyo completo.

  • El depósito se hace directamente a la tarjeta del Banco del Bienestar, sin intermediarios. Esto ayuda a que el recurso llegue directamente al beneficiario.

  • En caso de fallecimiento de la persona beneficiaria, la persona auxiliar registrada puede solicitar el “Pago de Marcha”, un apoyo único.

🧾 6. Tipo de discapacidad que puede aplicar

El programa está dirigido a personas que presenten una discapacidad permanente. Esto puede incluir:

  • Discapacidad sensorial: visual o auditiva, que cause una deficiencia estructural o funcional.

  • Discapacidad motriz: malformaciones o limitaciones que afectan el movimiento o postura.

  • Discapacidad intelectual: limitaciones importantes en aprendizaje, razonamiento o adaptación social.

  • Discapacidad psicosocial o mental: trastornos que impactan el pensamiento, las emociones o las relaciones.

La clave es que la discapacidad esté acreditada como permanente mediante la constancia médica correspondiente.

🔔 7. ¿Qué pasa si la persona beneficiaria tiene 65 años o más?

Cuando una persona con discapacidad permanente llega a los 65 años, normalmente ya no puede recibir este programa en su modalidad regular, pues existe otro programa llamado Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores que inicia a esa edad.
Es importante revisar el estado particular de tu entidad federativa para ver cómo se hace la transición de un programa a otro.

8. Consejos útiles para mejorar la inscripción

  • Asegúrate de que todos los documentos estén legibles, en buen estado y actualizados.

  • Verifica que el certificado médico diga claramente que es “discapacidad permanente”.

  • Confirma que tu domicilio esté dentro de la cobertura del programa o, si no, que cumplas con los requisitos especiales (indígena, afromexicano, municipio marginado).

  • Designa a una persona auxiliar si no puedes acudir personalmente al trámite.

  • Visita buscadorestatus.com regularmente para conocer convocatorias, fechas de registro y cambios en requisitos.

  • Guarda copias de la documentación entregada y de cualquier comprobante que te entreguen, por si te lo piden luego.

  • Evita intermediarios que cobren por ayudar: el trámite oficial es gratuito.

❓ 9. Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Puedo recibir esta pensión si ya estoy en otro programa de apoyo social?
Sí, puedes recibirla siempre que cumplas con los requisitos del programa. Sin embargo, revisa si hay alguna incompatibilidad en tu entidad federativa.

¿Qué sucede si me cambio de estado o municipio?
Debes informar al módulo del programa o a la Secretaría del Bienestar para actualizar tu domicilio. Si cambias a una entidad sin cobertura universal, puede que debas cumplir condiciones adicionales.

¿La pensión se suspende si mi discapacidad deja de ser considerada “permanente”?
Sí. Si la condición cambia y deja de considerarse permanente, la persona ya no cumple con el requisito principal para el programa.

¿Hasta qué edad aplica esta pensión?
En entidades con convenio universal, hasta los 64 años. En entidades sin convenio, la cobertura es hasta 29 años, salvo que la persona viva en municipio indígena o de alta marginación, lo que permite hasta 64 años.

🌟 10. Importancia y beneficios del programa

  • Favorece la inclusión social, pues muchas personas con discapacidad enfrentan barreras para educación, empleo y salud.

  • Fomenta la autonomía económica, ya que el apoyo va directamente al beneficiario sin intermediarios.

  • Tiene respaldo constitucional, lo que le da estabilidad y continuidad.

  • Contribuye a reducir desigualdades: las personas con discapacidad ganan en promedio 13 % menos que quienes no tienen discapacidad.

📌 11. Qué debes hacer ahora

  1. Verifica si tu estado o municipio está en el listado de cobertura universal o especial.

  2. Reúne todos los documentos necesarios: acta de nacimiento, identificación, CURP, certificado médico, comprobante de domicilio.

  3. Consulta el sitio buscadorestatus.com para actualizarte sobre convocatorias, fechas y módulos de registro.

  4. Acude al módulo de registro con la documentación completa o tramite con la persona auxiliar si es necesario.

  5. Guarda tus comprobantes, realiza seguimiento a tu solicitud y mantente pendiente de los comunicados oficiales.

🏁 En resumen

La pensión para personas con discapacidad permanente es un apoyo vital para quienes viven con una discapacidad acreditada. Si tienes entre 0 y 64 años (o cumples requisitos especiales según tu estado), puedes inscribirte al programa. Reúne los documentos, acude al registro y sigue las instrucciones. Visita buscadorestatus.com para información actualizada y dar el primer paso hacia más seguridad económica y dignidad.